jueves, 29 de noviembre de 2012

Guía: ¿Qué hacer en caso de despido? (IV)

Guía: ¿Qué hacer en caso de despido?
(IV)


Medidas de interposición: procedimiento
- El primer paso es presentar una “papeleta” de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
- Posteriormente nos citarán para celebrar el “Acto de Conciliación”. Si se alcanza un acuerdo finaliza el procedimiento.
- Si no hay acuerdo en el Acto de Conciliación el trabajador debe presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Tras presentar la demanda, el Juzgado enviará a nuestro domicilio señalamiento para comparecer el día del Juicio.

 

Indemnizaciones máximas

45 días por año de servicio hasta febrero de 2012.
33 días por año de servicio a partir de febrero de 2012.

 

Recuerda los plazos

El plazo máximo para presentar la reclamación judicial y solicitar una indemnización mayor es de sólo 20 días a partir de la fecha de efecto del despido.
Pasado ese plazo no es posible reclamar la improcedencia del despido y una cantidad mayor en concepto de indemnización.
Para solicitar la prestación de desempleo tienes 15 días desde la fecha de efectos del despido.

ANDET