viernes, 25 de julio de 2014

Inspección de Trabajo obliga a convertir en indefinidos 95.491 contratos temporales en fraude de ley

Inspección de Trabajo obliga a convertir 
en indefinidos 95.491 contratos 
temporales en fraude de ley


Una de las consecuencias de la crisis económica en el mercado de trabajo es el crecimiento exponencial del fraude. Se cruzan la necesidad de muchos empresarios de tener mano de obra, pero sin pagar impuestos ni cotizaciones sociales –o lo menos posible– con la demanda urgente de trabajo ante el elevado desempleo. Desde enero de 2012, la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social ha obligado a los empresarios descubiertos a convertir en indefinidos a 95.491 contratos temporales que estaban en fraude de ley. El dato fue difundido ayer por Pedro Llorente, subsecretario de Empleo y de Seguridad Social, en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.



Estos contratos temporales transformados en indefinidos equivalen al 10,5% de las conversiones a contratos fijos realizadas en el tiempo transcurrido, con una media de 30.000 al mes y en torno al 3% de los nuevos indefinidos, con una media de 100.000.


La causa fundamental de este tipo de fraude es el encadenamiento de contratos temporales sobre un mismo trabajador, traspasando el límite permitido por la ley para estar en esta condición.

El Estatuto de los Trabajadores señala que se convertirán en indefinidos los empleados que, en un período de treinta meses, hubieran sido contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad. Bien, para el mismo o diferente puesto de trabajo, con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración.

También se convierten automáticamente en indefinidos en la empresa los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al período de prueba, salvo que de la propias actividades o de los servicios contratados se deduzcan claramente la duración temporal de los mismos. Todo ello es el resultado del plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude.

Fuente: Expansión